Naturalización mexicana para refugiados: guía legal completa 2025
- Ernesto Rizo
- 22 jul
- 4 Min. de lectura
Actualizado: 20 sept
Ser refugiado no es un obstáculo para ser mexicano. Es un camino legal reconocido
Si has sido reconocido como refugiado en México, tienes la posibilidad legal de convertirte en ciudadano mexicano mediante el proceso de naturalización por condición de refugio.
A diferencia de otros procedimientos de naturalización, el proceso para personas refugiadas tiene condiciones más accesibles y reconoce tu situación de protección internacional. En este artículo te explicamos quién puede solicitarla, qué requisitos debes cumplir y cuáles son las diferencias clave respecto a otros tipos de naturalización.

¿Qué es la naturalización mexicana para refugiados?
Es el procedimiento por el cual una persona extranjera, reconocida como refugiada por la COMAR, puede adquirir la nacionalidad mexicana, después de cumplir 2 años de residencia legal en México como residente permanente.
Está regulado en los artículos 20 y 21 de la Ley de Nacionalidad, y es una vía real y viable para formalizar tu vínculo con México como nuevo país de vida.
¿Quién puede solicitarla?
Personas extranjeras reconocidas como refugiadas por la COMAR.
Que hayan obtenido la residencia permanente derivada del reconocimiento.
Que hayan residido en México al menos 2 años de forma continua y legal.
Que cuenten con autorización previa de la COMAR para iniciar el trámite.
¿Cuáles son las diferencias con otras vías de naturalización?
1. No presentan examen
Las personas refugiadas están exentas del examen de conocimientos sobre historia, cultura e idioma español. Este beneficio está previsto en el artículo 21, fracción II de la Ley de Nacionalidad y evita una revictimización adicional.
2. Pueden presentar actas extranjeras sin apostillar
La SRE acepta actas de nacimiento, matrimonio o documentos oficiales sin apostilla ni legalización, en consideración a que muchas personas refugiadas no pueden acudir a su país de origen por motivos de seguridad. Esta excepción se aplica tanto al solicitante como a sus hijos o cónyuge.
3. Deben pedir autorización de la COMAR
Antes de iniciar el trámite ante la Secretaría de Relaciones Exteriores, la persona refugiada debe solicitar por escrito una carta de no objeción a la COMAR. Esta carta debe dirigirse a la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SRE y normalmente se entrega entre 2 y 4 semanas después de solicitarla.
4. Plazo de residencia más corto: solo 2 años
A diferencia de la naturalización ordinaria que requiere 5 años de residencia, las personas refugiadas pueden solicitarla a partir de los 2 años de contar con residencia permanente. Este beneficio está previsto en el artículo 20, fracción III de la Ley de Nacionalidad.
5. Flexibilidad en otros requisitos
En la práctica, la SRE no exige constancias de ingresos ni requisitos económicos estrictos a personas refugiadas. Se reconoce su contexto particular, lo que permite un proceso más accesible y menos burocrático.
Requisitos principales
Formulario de solicitud de carta de naturalización.
Tarjeta de residencia permanente vigente.
Copia del oficio de reconocimiento de la condición de refugiado.
Autorización por escrito de la COMAR.
Identificación oficial vigente.
Dos fotografías.
Acta de nacimiento (no requiere apostilla).
CURP.
Comprobante de domicilio.
¿Cuánto cuesta el trámite?
El pago de derechos es de aproximadamente $9,155 pesos (sujeto a actualización).
¿Qué beneficios obtengo al naturalizarme?
Acceso completo a derechos políticos y civiles.
Posibilidad de obtener pasaporte mexicano.
Acceso a programas públicos y beneficios para ciudadanos.
Mayor estabilidad jurídica para ti y tus hijos.
Reconocimiento pleno como parte de la comunidad mexicana.
Preguntas frecuentes
¿La SRE puede negarme la naturalización si ya soy refugiado? Sí, si no cumples con los requisitos formales. Pero no pueden negártela arbitrariamente si cumples con los 2 años, tienes la carta de la COMAR y presentas los documentos.
¿Puedo hacer este trámite si aún tengo residencia temporal? No. Debes tener residencia permanente derivada del reconocimiento como refugiado.
¿Puedo conservar mi nacionalidad de origen? Sí. México reconoce la doble nacionalidad. No estás obligado a renunciar a la nacionalidad de tu país, aunque debes actuar como mexicano dentro del territorio.
¿Puedo naturalizar a mis hijos si ya soy ciudadano mexicano? Ellos pueden obtener la nacionalidad mexicana por derivación o por residencia, dependiendo de su situación. También puedes pedir visa por unidad familiar para ellos.
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El proceso de naturalización para personas refugiadas tiene condiciones especiales que lo hacen más accesible, pero también implica pasos concretos que debes conocer. Aquí te dejamos tres recursos clave para orientarte mejor:
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¿Todavía no sabes si puedes ser reconocido como refugiado en México? Revisa nuestra landing sobre refugio y protección internacional, donde te explicamos quién califica, cómo se solicita y qué derechos tienes desde el primer día.
¿Ya obtuviste tu carta de naturalización y ahora quieres tramitar tu pasaporte mexicano. Aquí te explicamos paso a paso cómo solicitarlo ante la SRE sin contratiempos:👉 Cómo obtener tu pasaporte mexicano después de naturalizarte
Conclusión
La naturalización no borra tu historia: la reconoce y la transforma. México te ha protegido como refugiado, y ahora te ofrece la posibilidad de que te integres plenamente como ciudadano. El proceso legal está pensado para respetar tu dignidad, tu derecho a la identidad y tu nueva vida en este país.
En Migrans, te acompañamos desde la autorización ante COMAR hasta la entrega de tu carta de naturalización. Tramitamos, revisamos y defendemos cada paso contigo.




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